Carla
Vallejo Torres es Magistrada y Portavoz Adjunta de la
Asociación "Jueces para la Democracia". Accedió a
la carrera judicial en el año 2006 y desde entonces ha desempeñado
su labor en diversos juzgados de Instrucción Penal y Violencia
contra la Mujer. En su primer destino, Fuerteventura, tomo contacto
por primera vez con la realidad de la inmigración y el drama que se
esconde detrás de cada caso. Es socia fundadora de la
Asociación de Mujeres Juezas de España y ha desempeñado toda su
carrera profesional en las Islas Canarias, de donde proviene
“Todos
los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y,
dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse
fraternalmente los unos con los otros
“.
Así
comienza su articulado la Declaración Universal de Derechos Humanos
texto donde se reconoce por primera vez en la historia que todos los
ciudadanos del mundo, con independencia de quienes sean y de dónde
vengan, tienen una serie de derechos inalienables por el mero hecho
de haber nacido.
Dentro
de estos Derechos básicos e indiscutibles se reconoce el que tiene
todo individuo a
circular libremente y a
elegir su residencia en el territorio de un Estado así como a salir
de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
(artículo 13).
Esto
supone reconocer, como Derecho Humano, un verdadero derecho a migrar,
a abandonar el lugar en el que uno vive y, en determinados casos, a
solicitar asilo en otro país. Migrar es por tanto un derecho,
reconocido en el texto más importante del que se ha dotado la
humanidad y que es de obligado cumplimiento por parte de toda
Institución y Estado.
Sin
embargo no es un derecho absoluto, pues solo está reconocido en una
dirección. Efectivamente se protege la facultad de todo individuo de
abandonar el país en el que reside y también su derecho a volver a
él, pero no se reconoce, paralelamente, un derecho a ser acogido en
otro país. Existe pues un derecho a migrar, pero no un derecho a
inmigrar sobre el que los tratados internacionales guardan silencio.
En
este silencio se justifica que la práctica totalidad de los Estados
desarrollados dediquen más medios, leyes y esfuerzos a ejercer un
control sobre sus fronteras y limitar la entrada de extranjeros a su
territorio que a regular y permitir su llegada de forma ordenada. En
el marco de estas políticas, que ciertamente son legítimas y se
amparan en normativa nacional e internacional,
se desarrollan actividades de muy distinto signo pero que llegan a
justificar medidas de fuerza y rechazo físico en frontera en forma
de expulsiones en caliente, rechazo en las vallas de Ceuta y Melilla
y hasta el empleo de pelotas de goma y negación de auxilio en el
espigón de El Tarajal, aún cuando ello suponga la muerte de 15
personas.
Puede
que no exista un derecho absoluto a inmigrar y que sea facultad de
cada Estado u Organización Supranacional controlar sus flujos
migratorios, pero también es cierto que el artículo 1 de la
Declaración Universal de Derecho con el que empieza este artículo
rige en todo tiempo y lugar.
Siendo
esto un sin sentido que cuestiona las bases mismas de nuestro modelo
de convivencia, lo cierto es que aún resulta más aberrante cuando
el deber de acoger sí existe y es obligatorio, porque se basa en una
situación de riesgo y persecución de quien migra y que por ello
merece de una especial protección.
Y
es que no podemos olvidar que el artículo 14 de la Declaración
Universal de Derechos reconoce que toda persona víctima de
persecución tiene derecho a solicitar y disfrutar de asilo en
cualquier país. Este Derecho al Asilo supone, sin ningún género
de dudas, un correlativo deber de acogimiento que está
específicamente consagrado en multitud de normas internacionales y
que otorga un estatuto especial a estas personas a través de la
Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 que regula el Estatuto
de los Refugiados.
En
nuestro país este deber de acoger se regula en la Ley de Asilo de
30 de octubre de 2009,
que reconoce como refugiados a todas aquellas personas de
nacionalidad extranjera que al tener un temor real a ser
perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones
políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u
orientación sexual, se encuentran fuera del país de su nacionalidad
y no pueden o no quieren volver a su país.
La
misma protección se le otorga a las personas sin nacionalidad, los
llamados apátridas, que por esos mismos temores a ser perseguidos,
no pueden o no quieren volver al pais en el que residían o donde se
encontraban.
En
relación a ellos la ley obliga a España a brindarles una protección
que consiste, en primer lugar, en que no puedan ser devueltos a su
país de origen ni expulsados de nuestro país. Además de ello se
les concederá permiso de residencia y trabajo y acceso a la
totalidad de los servicios públicos (educación, sanidad, servicios
sociales, acceso a vivienda etc) en los mismos términos que a los
españoles. Por último tienen una serie de derechos específicos
como a que se mantenga su unidad familiar permitiendo el acceso y la
residencia en España a los familiares directos de quien tenga la
condición de refugiado, la participación en programas de
integración y también de ayuda a quienes quieran volver
voluntariamente a su país.
Hoy
en día asistimos al mayor éxodo de refugiados que se ha producido
desde la segunda guerra mundial. Según el último cómputo,
realizado a finales de 2013,
existen 16,7 millones de personas que, ante el riesgo de ser
perseguidas en su propio país, se han visto forzadas a migrar a
causa de la guerra, los conflictos internos o la propia incapacidad
de su país de origen para garantizar su seguridad. En el año 2014
fueron 866 000 personas las que solicitaron asilo en los países más
industrializados provenientes en su mayoría de Siria, Palestina,
Irak, Afganistán, Ucrania o países africanos como Mali, Eritrea,
Nigeria o República Democrática del Congo. Todas ellas regiones
donde el respeto a los Derechos Humanos resulta imposible a causa de
la guerra, la amenaza terrorista, regímenes dictatoriales o la
absoluta incapacidad de los gobiernos de proporcionar protección,
cuando no existe una ausencia total de organismos gubernamentales a
los que acudir.
Ante este escenario ¿Como está
reaccionando Europa?
En
primer lugar debemos tener en cuenta que dentro de los principios que
inspiran a la Unión Europea está el dotarse de un espacio común de
solidaridad y respeto a los derechos humanos. Así se consagra en el
Tratado de Funcionamiento de la Comunidad Europea que impone la
obligación de establecer una política de asilo común que garantice
la no devolución a su país y la protección de todo extranjero
sometido a persecución.
La
realidad de este deber de protección y política común no resiste
un mero análisis de los datos donde ya son visibles las diferencias.
En el año 2014, 625 000 personas solicitaron asilo dentro de la
Unión Europea, haciéndolo más de 200 000 en Alemania. De ellas en
España solo lo hicieron 5 947 personas, un 1 % del Total y les fue
concedido a 1 585 personas. Los beneficiarios del asilo en nuestro
país fueron ciudadanos principalmente de Siria, mientras que para
otras nacionalidades de países donde también se producen
violaciones sistemáticas de los Derechos Humanos como Nigeria, Mali
o Ucrania el índice de denegación de las peticiones rondó el 90%.
Existiendo
compromisos de asumir políticas comunes de asilo dentro de la Unión
Europea, así como de respuestas coordinadas para los supuestos de
afluencia masiva de refugiados
lo cierto es que podemos observar como existen importantes
diferencias entre las solicitudes de asilo y el número de personas
acogidas dentro de los diferentes paises de la Unión Europea.
Así
llama la atención que por las menos de 6000 personas que solicitaron
asilo en España en el año 2014, lo hicieran 64 625 en Italia, 81
180 en Suecia y 202 645 en Alemania. Esto no se explica solo por
motivos económicos o de proximidad geográfica, sobre todo cuando el
80% de los refugiados lo están en países en vías de desarrollo, no
en países desarrollados,
y guarda mucha relación con las diferentes regulaciones existentes y
el menor grado de compromiso que nuestro país ha presentado ante
este fenómeno.
En
los últimos años hemos asistido, casi diariamente, a la ominosa
tragedia del Mar Mediterráneo donde cada día miles de ciudadanos,
fundamentalmente Sirios, Eritreos y Afganos, intentan acceder a suelo
europeo embarcándose en viajes que, en demasiadas ocasiones, les
lleva hasta la muerte. En el año 2015 murieron en ese mar 4000
personas, muchas de ellas niños, sin que por parte de esta Europa de
la pretendida solidaridad y los derechos se hiciera nada para
evitarlo. Otras 218 000 llegaron a las costas de Grecia e Italia de
forma masiva exigiendo de Europa respuestas que ni tan siquiera se
basan en principios de solidaridad o humanidad, sino que suponen el
cumplimiento de leyes aprobadas y que nos obligan al acogimiento y la
atención de quienes se han visto inmersos en esta situación.
La
primera actuación de Europa fue defensiva, se reforzaron las medidas
de seguridad tendentes a evitar la llegada de inmigrantes. En
concreto y tras la reunión extraordinaria del Consejo Europeo de 23
de abril de 2015 se optó por reforzar la “Operación Tritón”
triplicando sus medios. Se trata de una operación no destinada
específicamente al salvamento sino a evitar la entrada de
inmigrantes por via marítima. Operaciones que existían con
anterioridad como la llamada Mare Nostrum a iniciativa de Italia y
que sí estaba orientada a la búsqueda y rescate de personas en el
mar fueron abandonadas en noviembre de 2014, llegando así al
resultado del 2015 con mas personas muertas que nunca en esta
travesía.
En
cuanto al acogimiento de las miles de personas que, tras jugarse la
vida, se agolpaban en Grecia, Italia y Hungría, la Comisión
Europea propuso en septiembre de 2015 un reparto de cuotas para
reasentar a 160 000 refugiados en el que España recibiría a un
total de 16 231 refugiados en un plazo de dos años, frente a los más
de 40 000 de Alemania y 30 000 de Francia, esta cifra finalmente se
redujo a poco más de 9000.
A
día de hoy las cifras oficiales indican que de esos compromisos
adquiridos sólo han llegado a nuestro país como refugiados por
reasentamiento un total de 18 personas y en Europa solo han sido
recibidas por esta vía 497 ciudadanos.
Los
datos son estos, son duros, vergonzantes, y pueden llegar a ser
insoportables si mencionamos que tras la muerte del niño Aylan, cuya
fotografía dio la vuelta al mundo y a las conciencias de muchos, más
de trescientos niños han corrido su misma suerte y cada día siguen
llegando y muriendo más en las costas de Europa. No mucho mejor
destino les espera a los que sobreviven, habiendo reconocido Europol
que se ha perdido el rastro dentro de Europa de no menos de 10 000
menores no acompañados, que llegaron como refugiados y que muy
probablemente estén siendo víctimas, en un importante número de
casos, de explotación y tráfico de personas.
Frente
a ello solo se alza la esperanza de la solidaridad y la conciencia de
que no podemos permanecer ni un segundo más impasibles ante esta
tragedia. Este no es un problema de otros, es nuestro, es de todos y
la forma en la que lo afrontamos es la que va a decidir si de verdad
somos la Europa de la libertad y de los valores, si de verdad tenemos
Derecho, si realmente somos humanos.